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Derecho Notarial

Disciplina del Derecho que estudia la función notarial. El notario es el profesional del derecho que está autorizado por el Estado para dar fe de los actos y contratos que ante él se celebran. Para ello formaliza la voluntad de los otorgantes, redactando los instrumentos a los que confiere autenticidad, conserva los originales y expide los traslados correspondientes. Su función también comprende la comprobación de hechos y la tramitación de asuntos no contenciosos previstos en las leyes de la materia. En esta noble función notarial, interviene previamente el abogado redactando la minuta de los diferentes actos jurídicos, el abogado entonces es el puente entre el ciudadano con el notario, en su quehacer jurídico se encarga que todo acto jurídico o los asuntos no contenciosos del que va dar fe el notario cumplan con los requisitos legales de validez que exige la norma para que el notario pueda conferirles autenticidad. En este campo, el patrocinio y asesoría que otorgamos comprende:

Revisión y estudio de la documentación que exige el notario, para la realización de los diferentes actos o negocios jurídicos, o asuntos no contenciosos de competencia notarial.
Redacción de cartas notariales para ser diligenciadas por el notario.
Elaboración y redacción de minutas de los diferentes actos jurídicos a ser formalizados por instrumento público ante notario, donde algunos incluso deben inscribirse en la SUNARP, como: poderes, compra venta, permuta, donación, anticipo de legítima, subdivisión y partición de bienes, acumulación de terrenos, de mutuo, hipoteca, garantía mobiliaria, de constitución de EIRL, de constitución de sociedades (S.A, S.A.C, S.A.A., S.R.L, etc), modificación de estatuto societario, aumento de capital, reducción de capital, transformación, fusión, escisión, etc.
Elaboración y redacción de toda clase de solicitud de asuntos no contenciosos de competencia notarial, como: rectificación de actas de nacimiento, de matrimonio o de defunción; de sucesión intestada; de adopción de personas capaces; de patrimonio familiar; inventarios; comprobación de testamentos; separación convencional y divorcio ulterior conforme a la ley de la materia; reconocimiento de unión de hecho; convocatoria a junta obligatoria anual; convocatoria a junta general.
Asuntos referidos a la Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliaria de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, reglamento interno, junta de propietarios; prescripción adquisitiva de dominio o título supletorio de bienes inmuebles urbanos, y demás asuntos regulados en la Ley N° 27157.
Asuntos relacionados a rectificación de área, linderos y medidas perimétricas, de bienes inmuebles urbanos inscritos o no inscritos en la SUNARP.
Desalojo Notarial express, Ley N° 30933, que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial.
Otros asuntos que de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico peruano pueden ser tramitados y formalizados ante notario.
Civil Civil Mercantil Trib. Notarial Laboral

Registral Administrativa Constitucional






Derecho Notarial

Disciplina del Derecho que estudia la función notarial. El notario es el profesional del derecho que está autorizado por el Estado para dar fe de los actos y contratos que ante él se celebran. Para ello formaliza la voluntad de los otorgantes, redactando los instrumentos a los que confiere autenticidad, conserva los originales y expide los traslados correspondientes. Su función también comprende la comprobación de hechos y la tramitación de asuntos no contenciosos previstos en las leyes de la materia. En esta noble función notarial, interviene previamente el abogado redactando la minuta de los diferentes actos jurídicos, el abogado entonces es el puente entre el ciudadano con el notario, en su quehacer jurídico se encarga que todo acto jurídico o los asuntos no contenciosos del que va dar fe el notario cumplan con los requisitos legales de validez que exige la norma para que el notario pueda conferirles autenticidad. En este campo, el patrocinio y asesoría que otorgamos comprende:

Revisión y estudio de la documentación que exige el notario, para la realización de los diferentes actos o negocios jurídicos, o asuntos no contenciosos de competencia notarial.
Redacción de cartas notariales para ser diligenciadas por el notario.
Elaboración y redacción de minutas de los diferentes actos jurídicos a ser formalizados por instrumento público ante notario, donde algunos incluso deben inscribirse en la SUNARP, como: poderes, compra venta, permuta, donación, anticipo de legítima, subdivisión y partición de bienes, acumulación de terrenos, de mutuo, hipoteca, garantía mobiliaria, de constitución de EIRL, de constitución de sociedades (S.A, S.A.C, S.A.A., S.R.L, etc), modificación de estatuto societario, aumento de capital, reducción de capital, transformación, fusión, escisión, etc.
Elaboración y redacción de toda clase de solicitud de asuntos no contenciosos de competencia notarial, como: rectificación de actas de nacimiento, de matrimonio o de defunción; de sucesión intestada; de adopción de personas capaces; de patrimonio familiar; inventarios; comprobación de testamentos; separación convencional y divorcio ulterior conforme a la ley de la materia; reconocimiento de unión de hecho; convocatoria a junta obligatoria anual; convocatoria a junta general.
Asuntos referidos a la Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliaria de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, reglamento interno, junta de propietarios; prescripción adquisitiva de dominio o título supletorio de bienes inmuebles urbanos, y demás asuntos regulados en la Ley N° 27157.
Asuntos relacionados a rectificación de área, linderos y medidas perimétricas, de bienes inmuebles urbanos inscritos o no inscritos en la SUNARP.
Desalojo Notarial express, Ley N° 30933, que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial.
Otros asuntos que de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico peruano pueden ser tramitados y formalizados ante notario.


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